Según AICA, que el agricultor decida libremente el momento en el que quiere cobrar su aceituna, es motivo de fuertes sanciones para las almazaras industriales.

ALMAZARAS FEDERADAS DE ESPAÑA se muestra totalmente contraria a la nueva interpretación que desde AICA, se le está dando a la normativa.

Córdoba.- 09/03/2020

Este año 2020 empieza con un nuevo varapalo para el sector industrial del aceite de oliva. La Agencia de Información y Control Alimentario (AICA), en un repentino cambio de criterio en la interpretación de la normativa, quiere obligar a las almazaras industriales a liquidar y pagar la aceituna en un plazo máximo de treinta días desde su entrega por parte del agricultor. En estos días se están notificando las primera sanciones calificadas como graves y de muy elevados importes e improcedentes, con las que AICA pretende forzar el cambio de un contrato que cumple los requisitos establecidos en la Ley 12/2013 de medidas de mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria y que lleva años contribuyendo a un correcto funcionamiento del sector del aceite de oliva.

La mayor fortaleza del sector industrial fabricante de aceite de oliva ha sido dejar a la libre elección de sus agricultores el plazo de pago de la aceituna entregada. Esta circunstancia ha beneficiado los intereses del agricultor que, con total libertad, ha decidido cuando ha querido cobrar sus aceitunas, computando el plazo de 30 días, al que obliga la normativa, desde el momento en que el agricultor manifiesta interés por liquidar su producto, que puede ser en el momento que hace entrega del  mismo o no.

Tras cuatro campañas en las que se ha venido utilizando un modelo de contrato alimentario en el que se recogía esta circunstancia y que fue consensuado entre almazaras y agricultores con el beneplácito de AICA, repentinamente la Agencia se muestra contraria al mismo debido a un cambio en la interpretación de la normativa que aplica, e intransigente en la búsqueda de alternativas propuestas por parte de AFE y ASAJA CÓRDOBA. Ello conlleva  que el uso del modelo de contrato utilizado hasta la fecha de forma pacífica  por todos los operadores del mercado, y que ha sido revisado y validado en infinidad de ocasiones por los  inspectores de la propia  AICA, ahora no vale.

AICA quiere que las almazaras industriales paguen a 30 días desde la entrega de la aceituna, lo que supondría, debido a la estacionalidad de la producción, que en el mes de febrero o marzo de cada campaña olivarera, un tercio de la producción de aceite de oliva se pondría  a disposición del mercado, pues las almazaras se verían obligadas a vender para poder pagar a los agricultores. Es evidente que ello, provocaría el hundimiento del precio del aceite de oliva y que los agricultores serían los primeros perjudicados con estos cambios de política de comercialización del aceite.

Este cambio de criterio por parte de la AICA, que desde AlMAZARAS FEDERADAS DE ESPAÑA, se denuncia como gravemente perjudicial, se adopta en un momento ya de por si delicado para el sector, coincidiendo con la reciente  modificación de la Ley de la Cadena, que plantea un nuevo reto a las almazaras industriales, pues la obligación de incluir expresamente en el contrato alimentario los costes de producción del agricultor, vender el producto por encima de los mismos y todo ello en menos de 30 días desde la entrega de aceituna, puede llegara a ser tarea imposible.

Desde ALMAZARAS FEDERADAS DE ESPAÑA solicitamos una interpretación inteligente y coherente de la normativa, que nos permita seguir comprando aceitunas a agricultores procedentes de sus explotaciones olivareras y pagarlas cuando el agricultor libremente lo decida. De esta forma, podremos seguir produciendo aceite de oliva virgen de calidad al amparo de la ley.